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LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO CREÓ EL CENTRO DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALESEnviado por pablopalazzi el Dom, 2007-09-23 21:54
LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO CREÓ EL CENTRO DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Alicia Pierini anunció hoy la creación del Centro de Protección de Datos Personales de la Defensoría del Pueblo que tendrá como misión controlar y asegurar el correcto tratamiento de los datos personales que contengan las bases de datos de cualquier naturaleza del sector público. Para ello confeccionará un Registro Público y obligatorio que contenga la nómina de bases existentes, su objeto y responsables de su administración. En el acto estuvieron presentes el Secretario General del Gobierno porteño Raúl Fernández, el legislador Marcos Peña como autor del proyecto que diera origen a la ley 1845, y el Dr. Juan Antonio Travieso, Coordinador Docente del Centro y ex Director Nacional de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia. El Centro de Protección de Datos Personales llevará un Registro Público y obligatorio de acceso público y gratuito que tendrá la siguiente información: nómina de archivos, registros, bases o bancos de datos personales, su finalidad, la identidad y domicilio del responsable, destinatarios y categorías de destinatarios, condiciones de organización, funcionamiento, procedimientos aplicables, normas de seguridad, garantías para el ejercicio de los derechos del titular de los datos así como toda otra información registrada. Toda persona que presuma o tenga la certeza de que sus datos figuran en alguno de los bancos de datos personales puede ejercer los siguientes derechos: a la información, al acceso a esa base de datos y a solicitar rectificación, actualización o supresión de datos asentados en forma errónea o incorrecta. Si el banco respectivo no hiciera lugar al legítimo pedido, la Defensoría del Pueblo podrá solicitar la apertura del sumario correspondiente contra el funcionario responsable. En caso de reiteraciones o irregularidades graves podrá también iniciar acciones judiciales o asistir al perjudicado en juicios iniciados por ese motivo.
Buenos Aires, 20 de septiembre de 2007
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