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ArgentinaLa agencia argentina de datos personales intima a usuarios por falta de inscripcionesEnviado por pablopalazzi el Mar, 2008-11-04 00:24
Buenas e interesantes noticias que demuestran que el derecho a la protección de los datos se está moviendo en Argentina gracias al trabajo de la Dirección Nacional de Datos Personales. La agencia argentina de datos personales (DNPDP) está enviando intimaciones a las empresas y personas que no han registrado o renovado su base de datos personales. En esta nota que pueden ver en este archivo PDF podrán apreciar que la Dirección a cargo del Dr. Juan Travieso ha comenzado a enviar notas intimando el inicio de acciones legales (esto es sumarios administrativos) a quienes no se encuentren en cumplimiento de las normas reglamentarias. Si en diez días no se regulariza la situación se informa que se iniciará el sumario correspondiente. La Dirección habría enviado cerca de 100.000 notas de este tenor. Se calcula que es muy alto el número de personas que se han inscripto inicialmente pero que no renovaron sus registros o los que nunca se inscribieron debiendo hacerlo. Actualmente el no registro frente a una intimación de la DNPDP constituye una falta grave según la normativa vigente 7/2005 que preve multas en caso de no inscripción, que al ser graves, en lo monetario van de 3001 a 50.000 pesos. Asimismo, como clara señal de la intención que la Dirección tiene de cobrar las multas que pueda imponer a los infractores (lo cual entendemos como muy positivo), el 16 de octubre de publicó en el Boletín Oficial la Disp. 16/2008 de la Secretaría de Asuntos Registrales por la cual se establece que la DNPDP proseguirá el cobro de la multa impuesta por "Disp. 2/2007". Fue necesario aprobar esta norma porque no quedaba claro que de las facultades del art. 29 de la ley 25.326 se pudiera iniciar un juicio de cobro de multas. Esta Secretaría es el organismo del cual depende jerárquicamente la Dirección, lo cual demuestra a las claras que la Dirección no es un organismo 100% independiente , como sí lo es la agencia española de protección de datos personales (que, por ejemplo, no le tiene que pedir permiso a nadie para ejecutar las cuantiosas multas que impone). Inicie sesión para enviar comentarios | leer más | 377 lecturas
Mesa redonda sobre régimen legal de la seguridad informática en la UCAEnviado por pablopalazzi el Jue, 2008-08-14 10:07
Noticias: Mesa redonda sobre régimen legal de la seguridad informática en la UCA leer más | 511 lecturas
Book about credit reporting in Latin AmericaEnviado por pablopalazzi el Jue, 2008-08-07 20:42
Credit Reporting by Pablo A. Palazzi. Published by Astrea (2007) Buenos Aires This book presents the legal framework governing the use of personal data contained in credit reports. Its objective is to summarize case law and jurisprudence, Argentine as well as international, which for more than a decade have established the rights of data subjects with respect to credit reports. As a research work, this study pertains to personal rights, commercial law and personal data protection. It covers habeas data and credit reporting legal frameworks in Argentina and in comparative law, strongly focused on Latin America, and also other uncommon topics such as identity theft – dealt with for the first time on a publication in South America- the right to oblivion, the right to privacy with respect to the gathering of personal data, habeas data procedural features, and the criteria for assigning liability in this area of the law. Inicie sesión para enviar comentarios | leer más | 262 lecturas
Se incorporó el Habeas Data en la Constitución de Entre RiosEnviado por pablopalazzi el Lun, 2008-08-04 21:00
Se incorporó el Habeas Data en la Constitución de Entre Rios Segun informaron los medios periodisticos, "el presidente de la Comisión Nuevos Derechos y Garantías, Raúl Barrandeguy, fue el miembro informante sobre el dictamen de habeas data en el plenario. El justicialista explicó los alcances de este instrumento, que terminó siendo aprobado por los convencionales luego de dos horas de debate. Al texto original que se puso en discusión se le suprimieron “cónyuge” e “hijos menores”, dos expresiones que recogían disidencias de algunos constituyentes". Inicie sesión para enviar comentarios | leer más | 472 lecturas
Ordenan remover contenido de los indices de buscadores - Caso MAZZA VALERIA RAQUEL c/ YAHOO DE ARGENTINA S.R.L.Enviado por pablopalazzi el Lun, 2008-07-14 21:59
Juzgado Nacional En lo Civil Num. 50 MAZZA VALERIA RAQUEL c/ YAHOO DE ARGENTINA S.R.L. Buenos Aires, Julio de 2008.- Su objeto consiste en que las demandadas eliminen de sus patrones de búsqueda toda referencia que permita vincular el nombre de la accionante con los sitios de internet mencionados en las citadas resoluciones, o en cualquier otra página web de leer más | 479 lecturas
Ordenan remover contenido de los indices de buscadores - Fallo Macedo v. YahooEnviado por pablopalazzi el Lun, 2008-07-14 21:56
Juzg Civil 91 Buenos Aires Argentina MACEDO MARIA ISABEL c/ YAHOO DE ARGENTINA SRL s/MEDIDAS PRECAUTORIAS (Expte. Nº 60118/06) Buenos Aires, Junio de 2008.- Inicie sesión para enviar comentarios | leer más | 738 lecturas
Se vienen las inspeccionesEnviado por pablopalazzi el Mié, 2008-06-04 20:52
Se acaba de publicar hoy en el BO la Disp. DNPDP 5/2008 por la cual se aprueban las normas de inspección y control de la DNPDP. Sigue el texto abierto... --- DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES Disposición 5/2008 Apruébanse las Normas de Inspección y Control de la mencionada Dirección Nacional. Bs. As., 29/5/2008 VISTO el Expediente MJSyDH Nº 164.321/08 y la competencia atribuida a esta DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES por la Ley Nº 25.326 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1558/01, y CONSIDERANDO: Que entre las atribuciones asignadas a la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES se encuentra la de dictar las normas reglamentarias que se deben observar en el desarrollo de las actividades comprendidas por la Ley Nº 25.326. leer más | 930 lecturas
Respuestas a las preguntas mas frecuentes sobre informes comercialesEnviado por pablopalazzi el Mar, 2008-05-27 10:41
Respuestas a las preguntas mas frecuentes sobre informes comerciales ACTUALIZADO a Enero de 2008 con asunto BLANQUEO DE MOROSOS (ver pregunta 11, texto de la nueva ley y mi comentario). 1) Que es el habeas data? Es el derecho constitucional a acceder y corregir datos personales cuando estos son falsos o discriminatorios. La Constitución Nacional de 1994 lo define así “...Toda persona podrá interponer esta acción para tomar conocimiento de los datos a ella referidos y de su finalidad, que consten en registros o bancos de datos ... y en caso de falsedad o discriminación, para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquellos...". 3) Que son los informes comerciales? Son documentos donde se consigna si una persona tiene deudas con el sistema financiero y si sus acreedores le han iniciado reclamos judiciales. También suelen contener información sobre la calificación realizada a través de la base de datos de deudores del sistema financiero que es elaborado por cada banco y publicada por el BCRA (calificación que va de 1 a 5 siendo 1 situación normal y 5 irrecuperable). También incluyen datos sobre el sistema no financiero, por ejemplo deudas con comercios o servicios públicos. Existen además otras organizaciones, además de las empresas privadas anumeradas, dedicadas al suministro de información comercial. Son entidades sin fines de lucro, que generalmente nacieron como cámaras empresarias. Algunas se han independizado y otras no. Todas estas entidades están nucleadas en FEEICRA (Federación de Entidades Empresarias de Informaciones Comerciales de la República Argentina). Esta Federación forma parte del Consejo Consultivo de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales. Los informes de estas entidades se caracterizan por nutrirse y proveer informes comerciales a comercios, empresas, tiendas y cadenas de electrodomésticos, por lo que no sólo aportan datos de operaciones con el sistema financiero, sino también con el comercial. leer más | 10963 lecturas
Ciudad de Buenos Aires aprueba ley sobre videovigilancia en lugares públicosEnviado por pablopalazzi el Mar, 2008-05-13 19:48
Ley 2.602 - Se regula la utilización por parte del Poder Ejecutivo de videocámaras para grabar imágenes en lugares públicos Buenos Aires, 6 de diciembre de 2007. Buenos Aires, 6 de diciembre de 2007. La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley: Título I - Disposiciones generales Artículo 1° - Objeto. La presente ley regula la utilización por parte del Poder Ejecutivo de videocámaras para grabar imágenes en lugares públicos y su posterior tratamiento, estableciendo específicamente el régimen de garantías de los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos que habrá de respetarse ineludiblemente en las sucesivas fases de grabación y uso de las imágenes. leer más | 1271 lecturas
Jurisprudencia sobre Habeas data del Superior Tribunal de Rio Negro (fallos enteros)Enviado por pablopalazzi el Vie, 2008-05-02 18:08
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los 27 días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve, se reúnen en Acuerdo los señores Jueces titulares del Superior Tribunal de Justicia doctores Alberto I. BALLADINI, Luis A. LUTZ y E. Nelson ECHARREN, a fin de pronunciar sentencia en los autos caratulados: "ARCENILLAS, Edgardo Raúl s/Acción de Amparo s/APELACION" (Expte. N* 14130/99 STJ ), elevados por el Juzgado Civil, Comercial y de Minería N* 3 de la IIa. Circunscripción Judicial, en razón del recurso de apelación deducido por el actor a fs. 37/43; y leer más | 1055 lecturas
Jurisprudencia sobre Habeas data del Superior Tribunal de Rio Negro (sumarios)Enviado por pablopalazzi el Vie, 2008-05-02 18:01
HABEAS DATA
[20789] HABEAS DATA: CONCEPTO El habeas data es el remedio adecuado para que las personas afectadas puedan obtener el conocimiento de los datos a ellas referidos y de la finalidad de su almacenamiento, que consten en registros o bancos de datos públicos o privados, y en su caso, para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquellos (Cf. Enrique M. Falcón, "Habeas Data", A. Perrot, pág. 23, 1996) STJRNCO: SE. <40/99> "ARCENILLAS, EDGARDO RAUL S/ACCION DE AMPARO S/APELACION", (27 10 99), BALLADINI LUTZ ECHARREN leer más | 1474 lecturas
Infracciones P2P: Derecho de Autor y Protección de Datos PersonalesEnviado por pablopalazzi el Jue, 2008-04-24 12:10
El Centro de la Propiedad Intelectual de la Universidad Austral, el Comité de Propiedad Intelectual de Amcham y las Cámaras de Comercio Austriaca, Belgo Luxemburguesa, Brasileña, Danesa, Finlandesa, Holandesa Suiza, y Sueca invitan al: Foro de Discusión de Propiedad Intelectual Infracciones P2P. Perspectiva de los titulares de Derechos de Autor. Propuestas legislativas recientes (el informe Olivannes). leer más | 1258 lecturas
Jornadas de Datos Personales en San IsidroEnviado por pablopalazzi el Lun, 2008-04-21 19:33
Area Académica - Jornada de Actualización EL NUEVO MUNDO DIGITAL, LA PREVENCION Y LA QUIEBRA. CADUCIDAD DEL DATO. Derecho al Olvido. RECTIFICACION DE INFORMACION ERRONEA. Habeas Data. leer más | 850 lecturas
¿Hasta cuándo se pueden informar las deudas bancarias?Enviado por pablopalazzi el Mar, 2008-04-15 15:20
¿Hasta cuándo se pueden informar las deudas bancarias ? I. Introducción leer más | 3009 lecturas
Libro sobre Habeas Data e Informes ComercialesEnviado por pablopalazzi el Jue, 2008-04-03 16:23
La editorial Astrea acaba de publicar mi nuevo libro titulado Informes comerciales. La obra trata del régimen legal del habeas data y los informes crediticios en Argentina y el derecho comparado. Se incluyen temas como el robo de identidad (por primera vez en Argentina), el derecho al olvido, el derecho a la privacidad frente a la acumulación de datos personales, los aspectos procesales del habeas data y los criterios de responsabilidad en este campo del derecho. Contenido disponible sobre la obra: leer más | 2821 lecturas
Legislación informática en la provincia de Rio NegroEnviado por pablopalazzi el Jue, 2008-03-13 06:56
PROVINCIA DE RIO NEGRO INTERPOSICION EN LA ACCION DE "HABEAS DATA" PARA LA PROTECCION DE DATOS PERSONALES.
- LEY 2921 - BO: 02/01/1996 p. 5/5 DISPONE QUE LAS SENTENCIAS QUE RESUELVEN LAS ACCIONES DE AMPAROSERAN SUSCEPTIBLES DE RECURSO DE APELACION ANTE EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA.
- LEY 2384 - BO: 11/10/1990 p. 1/2 DERECHO A LA IMAGEN. AMPARO DE LA INFORMACION -HABEAS DATA ARTS. 20,26 Y 27 DE LA CONSTITUCION PROVINCIAL. DEROGA LEY 2064. leer más | 716 lecturas
Crean base de datos de jurisprudencia sobre habeas dataEnviado por pablopalazzi el Dom, 2008-03-09 18:40
El repertorio ya existía como tal, pero no era muy conocido. Estaba formado con las sentencias que comunican los jueces (no todos) a la DNPDP según dispone la ley 25.326. Ahora estará a disposición de la gente que lo quiera consultar. Con muy buen tino, la DNPDP ha decidido armar un registro, que será de libre consulta por el público en general (aunque esto entiendo no era necesario aclararlo pues es el principio gneral en materia de actos de gobierno), y se integrará con sentencias recaídas en las acciones de habeas data, que suministren los propios magistrados, las partes en el proceso o sean obtenidas de fuentes de acceso público irrestricto. En este último supuesto no entran las sentencias de la Corte, que no suele comunicar al organismo de la DNPDP (la DNPDP tampoco podría imponérselo). La norma no aclara si esta jurisprudencia estará disponible por internet, para facilitar mas aun su consulta, pero es de esperar que la DNPDP siga el mismo sistema que utiliza con sus dictamenes, que los publica por Internet en un cómodo formato PDF. La norma hace referencia a la libre consulta, por lo que se entiende que no se cobrará por su acceso, aunque antes en la tabla de precios de registro de bases de datos que publicó la DNPDP si estaba arancelado. Se trata de un paso positivo pues transparenta la tarea judicial que desde hace mas de una decada se viene consolidando en materia de derechos de protección de datos personales y unificará en un solo lugar la jurisprudencia de los diversos fueros de la capital y los provinciales. leer más | 1536 lecturas
Justicia argentina impone multa a Yahoo por no cumplir con medida cautelarEnviado por pablopalazzi el Mar, 2008-03-04 16:58
Se trata de un juicio iniciado por una modelo argentina. Alegaba que sus datos e imagenes habian sido publicados en forma no autorizada e indexada por Yahoo!. Se dictó una cautelar pero el demandado no la cumplió. El sitio de Clarin online informó hoy lo sigiuente de un cable de Telam. La Justicia condenó a la empresa Yahoo! de Argentina a pagar 16.000 pesos de multa, por no haber eliminado de sus motores de búsqueda los sitios que vinculaban a una modelo con servicios de acompañantes. En noviembre del año pasado, el sitio fue intimado a eliminar esos vínculos, bajo condición de que si no lo hacía, debería pagar 200 pesos por cada día de retraso en el cumplimiento de la disposición judicial. leer más | 1347 lecturas
Nueva norma de isologo para registro de bases de datosEnviado por pablopalazzi el Sáb, 2008-02-23 10:58
Dirección Nacional de Protección de Datos Personales REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS Disposición 1/2008 Apruébase el diseño de los isologotipos que identificarán a los responsables de bases de datos inscriptos en el mencionado Registro, que haya efectuado las renovaciones correspondientes a los años 2007 y 2008. Bs. As., 14/2/2008 VISTO el Expediente MJSyDH Nº 164.122/08, y las competencias atribuidas a esta DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES por la Ley Nº 25.326 y su Decreto reglamentario Nº 1558 del 29 de noviembre de 2001, y CONSIDERANDO: leer más | 1516 lecturas
La cámara comercial considera constitucional el decreto reglamentario del derecho al olvidoEnviado por pablopalazzi el Jue, 2008-02-21 10:03
Si bien en el caso no fue planteado expresamente, los jueces se pronuncian sobre el texto del decreto reglamentario y lo consideran constitucional y ajustado a la letra y espiritu de la norma, aunque en un tramo señalan la solución como opinable. TEXTO DEL FALLO CNCom, Sala D, 7/12/2007 leer más | 1680 lecturas
PRIMER ENCUENTRO ACADEMICO ARGENTINO-CADANIENSE DE DERECHO INFORMATICOEnviado por pablopalazzi el Mar, 2008-02-19 22:34
Universidad de Buenos Aires Facultad de Derecho PRIMER ENCUENTRO ACADEMICO ARGENTINO-CADANIENSE DE DERECHO INFORMATICO Buenos Aires, 5 de Marzo de 2008 - 9:00 a 18:00 hs. Salón Rojo- Facultad de Derecho UBA TEMARIO * Protección de Datos Personales. Habeas Data. Análisis comparativo de los Regimenes Argentino y Canadiense leer más | 898 lecturas
Comentario a la ley 26.343Enviado por pablopalazzi el Lun, 2008-01-28 13:53
El blanqueo legal de morosos: comentario a la ley 26.343 que reforma de la ley de protección de datos personales 1. Introducción A fines del año 2007 el Congreso aprobó la ley 26.343, que reforma la ley de protección de datos personales 25.326. La norma se publicó el 9 de enero de 2008 en el Boletín Oficial y entró en vigencia a los ocho días de su publicación. Mediante esta ley se incorpora un nuevo art. 47 a la ley 25.326 de Protección de los Datos Personales. El propósito de esta nota es comentar los antecedentes de la reforma, sus principales aspectos y cómo deberá ser interpretada en la práctica. leer más | 1789 lecturas
Defensoria del Pueblo recomienda investigar empresa de informes comercialesEnviado por pablopalazzi el Lun, 2008-01-07 20:56
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de la Dra. Alicia B. Pierini, emitió un informe por la cual pide a la Dirección de Datos Personales investigar las prácticas de la empresa Globinfo en materia de informes comerciales. En la resolucion se señala que informe “modelo” de Globinfo que consta en su página puede observarse que además de los datos correspondientes a la persona solicitada se revelan datos de “posibles familiares”, sus domicilios, fechas de nacimiento y su ocupación. A su vez, se suministra la misma información respecto de “posibles vecinos” de la persona que se investiga. La Defensora del Pueblo señala que la empresa GLOBINFO Argentina, suministrando dicha información se encontraría en infracción a lo dispuesto en la Ley nº 25.326 de Protección de Datos Personales, cuyo art. 15º, inc. 2º, establece que “...En ningún caso el informe podrá revelar datos pertenecientes a terceros, aún cuando se vinculen con el interesado”. leer más | 1466 lecturas
Ley 26.343 (blanqueo de morosos)Enviado por pablopalazzi el Lun, 2007-12-24 11:54
Ley 26.343. Incoporación del art. 47 a la Ley 25.326 de Protección de los Datos Personales. Fecha de Publicación en el Boletín Oficial Nº 31.319: 09/01/2008 ARTÍCULO 1º.- Incorpórese como articulo 47 de la ley 25.326 a la siguiente redacción: Artículo 47: Los bancos de datos destinados a prestar servicios de información crediticia deberán eliminar y omitir el asiento en el futuro de todo dato referido a obligaciones y calificaciones asociadas de las personas físicas y jurídicas cuyas obligaciones comerciales se hubieran constituido en mora, o cuyas obligaciones financieras hubieran sido clasificadas con categoría 2, 3, 4 o 5, según normativas del Banco Central de la República Argentina, en ambos casos durante el período comprendido entre el 1º de enero del año 2000 y el 10 de diciembre de 2003, siempre y cuando esas deudas hubieran sido canceladas o regularizadas al momento de entrada en vigencia de la presente ley o lo sean dentro de los 180 días posteriores a la misma. La suscripción de un plan de pagos por parte del deudor, o la homologación del acuerdo preventivo o del acuerdo preventivo extrajudicial importará la regularización de la deuda, a los fines de esta ley. leer más | 2111 lecturas
Premio al Dr. Gustavo Tanus por un trabajo sobre datos personalesEnviado por pablopalazzi el Dom, 2007-12-23 18:55
Premio del Seguro El 6 de diciembre pasado el Dr. Gustavo Tanús, responsable del web site www.protecciondedatos.com.ar, se adjudicó el 1er. Premio del Concurso organizado por la Revista Estrategas con un brillante trabajo titulado El control del fraude en el Seguro y la Ley 25.326. El trabajo premiado se puede descargar de la página de la revista que organizó el premio. El autor, en dicho trabajo, señala que deben extremarse las medidas tendientes a evitar el fraude y que el trabajo conjunto de todo el sector asegurador permitirá alcanzar dicho objetivo. Pero agrega que las medidas que se adopten deben hacerse dentro de un marco de legalidad. Para ello, concluye que será necesario incorporar a la Ley 25.326 una norma específica que, funcionando como excepción al principio del consentimiento informado que debe regir todo tratamiento leal de datos personales, permita que las entidades aseguradoras desarrollen y mantengan archivos, registros, bases o bancos de datos comunes con información relacionada con el comportamiento siniestral a los efectos de permitir el control del fraude, la liquidación de siniestros y la colaboración estadístico actuarial con fines de tarifación, selección de riesgos y elaboración de estudios de técnica aseguradora. leer más | 773 lecturas
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