Chile

Vulneración a la vida privada por mostrar diario de vida de su conyuge en trámite de divorcio

Enviado por pablopalazzi el Dom, 2009-03-22 10:52

Vulneración a la vida privada por mostrar diario de vida de su conyuge en trámite de divorcio- 04/01/06

Santiago, cuatro de enero de dos mil seis.

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos quinto y octavo que se eliminan. Y se tiene en su lugar, y además presente:

1º) Que a fojas 11, se ha deducido por doña Erika Muller Pasmiño, recurso de protección en contra de don Zivko Juan Babaic Bartulovic, constructor civil, quien dentro de un juicio de divorcio que actualmente mantienen y que se encuentra en tramitación, ante el Primer Juzgado Civil de Punta Arenas, presentó una serie de documentos entre los cuales se hallan fotocopias de su diario de vida íntimo, hecho que ha vulnerado las garantías constitucionales consagradas en los números 4 y 5 del Artículo 19 de la Constitución Política de la República, de respeto a su vida privada y a la inviolabilidad de un documento privado, como es su diario de vida. La recurrente solicita se acoja su acción constitucional y se ordene al recurrido restituirle el original del diario de vida, así como cualquier fotocopia que tuviese en su poder; que deben serle entregadas las copias acompañadas al juicio, instruyendo al tribunal de la causa de no dejar vestigio alguno del contenido de dicho diario y que el recurrido deberá abstenerse de difundir por cualquier forma el contenido del mismo.

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Proyecto de reforma de ley de privacidad de chile

Enviado por pablopalazzi el Dom, 2009-03-15 11:23

MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA CON EL QUE INI-CIA UN PROYECTO DE LEY INTRODU-CE MODIFICACIONES A LA LEY N° 19.628 Y A LA LEY N° 20.285.
_______________________________
SANTIAGO, agosto 26 de 2008.-

MENSAJE Nº 687-356/

Honorable Cámara de Diputados:
A S.E. EL
PRESIDENTE
DE LA H.
CÁMARA DE
DIPUTADOS.
Tengo el honor de someter a vuestra consideración, un proyecto de ley que ley introduce modificaciones a la ley N° 19.628 y a la ley N° 20.285.
I. DERECHO A LA VIDA PRIVADA Y DEBER DE REGULACIÓN.
1. Derecho a la vida privada.
La Constitución, garantiza el derecho a la vida privada. En su artículo 19 N° 4, garantiza “el respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia.”.

Reglamento ley de ADN Chile

Enviado por pablopalazzi el Dom, 2009-03-01 10:36

APRUEBA REGLAMENTO DE LA LEY Nº 19.970, QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE REGISTROS DE ADN

Santiago, 10 de septiembre de 2008.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 634.- Vistos: Los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se aprobó a través del DFL Nº 1/19.653, de 13 de diciembre de 2000; la ley Nº 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; la ley Nº 20.065, sobre Modernización, Regulación Orgánica y Planta del Personal del Servicio Médico Legal; la ley Nº 19.970, publicada en el Diario Oficial de 6 de octubre de 2004, que crea el Sistema Nacional de Registros de ADN, y lo dispuesto en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y sus posteriores modificaciones; y,

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Datos personales de 6 millones de chilenos expuestos en Internet

Enviado por pablopalazzi el Dom, 2008-05-11 17:07

En su primera plana del domingo 11 de mayo de 2008, el diario El Mercurio publicó una nota sobre el mayor hacking de la historia en Chile. Se informa que datos personales de seis millones de chilenos quedaron públicamente disponibles en internet durante la madrugada y mañana del día 10 de mayo, luego que fueran sustraídos desde los servidores de diferentes entidades públicas y privadas para ser publicitados por la red. Se trata de registros de nombres de personas, números de RUT, direcciones, teléfonos comerciales y particulares, correos electrónicos e información académica y social obtenida desde la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), el Servicio Electoral (Servel), el Ministerio de Educación (Mineduc), el sitio PSU 2005 y registros telefónicos. La alerta la dio el sitio FayerWayer, un visitado blog chileno dedicado a temas tecnológicos, que recibió los datos en uno de sus foros la madrugada del sábado. De inmediato los administradores del sitio dieron cuenta a la Brigada del Cibercrimen de la Policía de Investigaciones, que realizó las primeras diligencias durante el día de ayer. Pero ya los dichos del gobierno han provocado controversias.

( categories: Abogados | Casos | Chile | Delitos )

Seminario Internacional en Santiago de Chile

Enviado por pablopalazzi el Vie, 2008-04-18 15:57

REGULACION DEL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES.
CUESTIONES DISPUTADAS

Seminario Internacional - Santiago de Chile, 25, 28, 29 y 30 de abril de 2008

Organiza
Una iniciativa de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile en convenio con la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO).

Inscripciones
Para asistir al Seminario Internacional: Regulación del tratamiento de datos personales. Cuestiones disputadas es necesaria la inscripción en el mismo.

El costo de la inscripción es de $20.000 para público general y $5.000 para estudiantes de pregrado de Universidades integrantes del Consejo de Rectores.

( categories: Chile | Conferencias | Habeas Data )

Tribunal Constitucional de Chile reconoce el derecho de acceso a la información pública

Enviado por pablopalazzi el Vie, 2007-08-17 21:05

Santiago, nueve de agosto de dos mil siete.
VISTOS:
Por Oficio Nº 82, de 17 de octubre de 2006, complementado por Oficios Nº 114, de 30 de noviembre del mismo año, y Nº 14, de 24 de enero de 2007, la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso solicita a este Tribunal se pronuncie sobre la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 13 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, según texto refundido, coordinado y sistematizado fijado por Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, del año 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, específicamente, “en cuanto dispone como una de las causales en cuya virtud se podrá denegar la entrega de documentos o antecedentes de carácter público, el que su divulgación o entrega afecte sensiblemente los derechos o intereses de terceras personas, según calificación fundada efectuada por el jefe superior del órgano requerido”.

Habeasdata.org Chile

Enviado por pablopalazzi el Sáb, 2007-03-31 19:20

Se acaba de lanzar un nuevo Foro sobre habeas data y datos personales en la región; en este caso se trata de Habeasdata.org de Chile.

El blog lo escribe y actualiza Renato Jijena Leiva, un abogado chileno especializado en Derecho Informático, de los primeros que comenzaron con estos temas en América Latina. Renato publicó en el año 1992 unas de las primeras obras (por no decir la primera) sobre privacidad informática en la región. Se titulaba "Chile, la protección penal de la intimidad y el delito informático".

Chile aprueba norma técnica para desarrollo de sitios web de los órganos de la administración del estado

Enviado por pablopalazzi el Vie, 2006-09-08 13:38

REF.: APRUEBA NORMA TÉCNICA PARA DESARROLLO DE SITIOS WEB DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO,
DECRETO
SANTIAGO, VISTO:
a) Lo dispuesto en el artículo 32° N° 8 de la Constitución Política de la República;
b) La Ley 19.799, de 2002, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y los servicios de certificación de dicha firma;
c) El Decreto Supremo N° 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19,799;
d) El Instructivo Presidencial N° 5, de 11 de mayo de 2001, que imparte instrucciones para el desarrollo del Gobierno Electrónico;

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Regulacion del Spam en Chile

Enviado por pablopalazzi el Vie, 2006-09-08 13:36

REF.: APRUEBA NORMA TÉCNICA PARA LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO SOBRE ADOPCIÓN DE MEDIDAS DESTINADAS A MINIMIZAR LOS EFECTOS PERJUDICIALES DE LOS MENSAJES ELECTRÓNICOS MASIVOS NO SOLICITADOS RECIBIDOS EN LAS CASILLAS ELECTRÓNICAS DE DICHAS REPARTICIONES Y EN LAS DE SUS FUNCIONARIOS.
DECRETO
SANTIAGO,
VISTOS:
a) Lo dispuesto en el articulo 32° N° 8 de la Constitución Política de la República;
b) La Ley 19.799, de 2002, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma;
c) El Decreto Supremo N° 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 19.799:

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Políticas de privacidad en Chile

Enviado por pablopalazzi el Lun, 2006-09-04 00:32

Políticas de privacidad en el Estado chileno
por Renato Jijena Leiva
En el marco de una norma técnica y reglamentaria para el desarrollo y la operatoria de los sitios WEB del Estado, esto es, el Decreto Supremo Nº100 publicado el 12 de Agosto del año 2006, se incluyó un artículo 9º que establece que todos los órganos de la administración del Estado deberán adoptar, mantener y declarar una política de privacidad en su respectivo sitio WEB. Ella deberá encontrarse accesible en el sitio WEB y contener una serie de menciones mínimas que se establecen.

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Ley de Privacidad de Chile (1999)

Enviado por pablopalazzi el Jue, 2006-06-29 20:56

LEY SOBRE PROTECCION DE LA VIDA PRIVADA número 19628
Del 30.08.1999, fecha de promulgación:18.08.1999, Fecha Publicación: 28.08.1999
Ver decreto reglamentario al final de la ley.

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