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Blog del Foro de Habeas Data - Chile
http://www.habeasdata.org/taxonomy/term/17/0
esVulneración a la vida privada por mostrar diario de vida de su conyuge en trámite de divorcio
http://www.habeasdata.org/chile-diario-intimo-divorcio-privacidad-prueba-ilegal
<p> Vulneración a la vida privada por mostrar diario de vida de su conyuge en trámite de divorcio- 04/01/06</p>
<p>Santiago, cuatro de enero de dos mil seis.</p>
<p>Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos quinto y octavo que se eliminan. Y se tiene en su lugar, y además presente:</p>
<p>1º) Que a fojas 11, se ha deducido por doña Erika Muller Pasmiño, recurso de protección en contra de don Zivko Juan Babaic Bartulovic, constructor civil, quien dentro de un juicio de divorcio que actualmente mantienen y que se encuentra en tramitación, ante el Primer Juzgado Civil de Punta Arenas, presentó una serie de documentos entre los cuales se hallan fotocopias de su diario de vida íntimo, hecho que ha vulnerado las garantías constitucionales consagradas en los números 4 y 5 del Artículo 19 de la Constitución Política de la República, de respeto a su vida privada y a la inviolabilidad de un documento privado, como es su diario de vida. La recurrente solicita se acoja su acción constitucional y se ordene al recurrido restituirle el original del diario de vida, así como cualquier fotocopia que tuviese en su poder; que deben serle entregadas las copias acompañadas al juicio, instruyendo al tribunal de la causa de no dejar vestigio alguno del contenido de dicho diario y que el recurrido deberá abstenerse de difundir por cualquier forma el contenido del mismo.</p>AbogadosCasosChileDerechosSun, 22 Mar 2009 06:52:59 -0700Proyecto de reforma de ley de privacidad de chile
http://www.habeasdata.org/Chile-proyecto-reforma-privacidad-2008
<p><span class="caps">MENSAJE</span> DE <span class="caps">S.E.</span> LA <span class="caps">PRESIDENTA</span> DE LA <span class="caps">REPUBLICA CON</span> EL <span class="caps">QUE INI</span>-CIA UN <span class="caps">PROYECTO</span> DE <span class="caps">LEY INTRODU</span>-CE <span class="caps">MODIFICACIONES</span> A LA <span class="caps">LEY</span> N° 19.628 Y A LA <span class="caps">LEY</span> N° 20.285.<br />
_______________________________<br />
<span class="caps">SANTIAGO, </span>agosto 26 de 2008.-</p>
<p><span class="caps">MENSAJE</span> Nº 687-356/</p>
<p>Honorable Cámara de Diputados:<br />
A <span class="caps">S.E.</span> EL <br />
<span class="caps">PRESIDENTE</span><br />
DE LA H.<br />
CÁMARA DE <br />
<span class="caps">DIPUTADOS.</span><br />
Tengo el honor de someter a vuestra consideración, un proyecto de ley que ley introduce modificaciones a la ley N° 19.628 y a la ley N° 20.285.<br />
I. <span class="caps">DERECHO</span> A LA <span class="caps">VIDA PRIVADA</span> Y <span class="caps">DEBER</span> DE <span class="caps">REGULACI</span>ÓN.<br />
1. Derecho a la vida privada.<br />
La Constitución, garantiza el derecho a la vida privada. En su artículo 19 N° 4, garantiza “el respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia.”. </p>AbogadosChileHabeas DataProyecto de LeySun, 15 Mar 2009 07:23:41 -0700Reglamento ley de ADN Chile
http://www.habeasdata.org/node/362
<p><span class="caps">APRUEBA REGLAMENTO</span> DE LA <span class="caps">LEY</span> Nº 19.970, <span class="caps">QUE CREA</span> EL <span class="caps">SISTEMA NACIONAL</span> DE <span class="caps">REGISTROS</span> DE <span class="caps">ADN</span></p>
<p> Santiago, 10 de septiembre de 2008.- Hoy se decretó lo que sigue:</p>
<p> Núm. 634.- Vistos: Los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se aprobó a través del <span class="caps">DFL</span> Nº 1/19.653, de 13 de diciembre de 2000; la ley Nº 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; la ley Nº 20.065, sobre Modernización, Regulación Orgánica y Planta del Personal del Servicio Médico Legal; la ley Nº 19.970, publicada en el Diario Oficial de 6 de octubre de 2004, que crea el Sistema Nacional de Registros de <span class="caps">ADN, </span>y lo dispuesto en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y sus posteriores modificaciones; y, </p>ADN/GenéticaChileNormasSun, 01 Mar 2009 05:36:54 -0800Datos personales de 6 millones de chilenos expuestos en Internet
http://www.habeasdata.org/chile-6-millones
<p>En su primera plana del domingo 11 de mayo de 2008, el diario El Mercurio publicó una nota sobre el mayor hacking de la historia en Chile. Se informa que datos personales de seis millones de chilenos quedaron públicamente disponibles en internet durante la madrugada y mañana del día 10 de mayo, luego que fueran sustraídos desde los servidores de diferentes entidades públicas y privadas para ser publicitados por la red. Se trata de registros de nombres de personas, números de <span class="caps">RUT, </span>direcciones, teléfonos comerciales y particulares, correos electrónicos e información académica y social obtenida desde la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), el Servicio Electoral (Servel), el Ministerio de Educación (Mineduc), el sitio <span class="caps">PSU</span> 2005 y registros telefónicos. La alerta la dio el sitio <a href="http://www.fayerwayer.com/2008/05/alerta-se-filtran-datos-personales-de-6-millones-de-chilenos-via-internet/">FayerWayer</a>, un visitado blog chileno dedicado a temas tecnológicos, que recibió los datos en uno de sus foros la madrugada del sábado. De inmediato los administradores del sitio dieron cuenta a la Brigada del Cibercrimen de la Policía de Investigaciones, que realizó las primeras diligencias durante el día de ayer. Pero ya <a href="http://www.fayerwayer.com/2008/05/gobierno-comienza-investigacion-de-filtracion-de-datos-personales-de-6-millones-de-chilenos/">los dichos del gobierno han provocado controversias</a>.</p>AbogadosCasosChileDelitosSun, 11 May 2008 13:07:03 -0700Seminario Internacional en Santiago de Chile
http://www.habeasdata.org/Seminario-Internacional-Santiago-de-Chile
<p><span class="caps">REGULACION DEL TRATAMIENTO</span> DE <span class="caps">LOS DATOS PERSONALES.</span><br />
<span class="caps">CUESTIONES DISPUTADAS</span></p>
<p>Seminario Internacional - Santiago de Chile, 25, 28, 29 y 30 de abril de 2008</p>
<p>Organiza<br />
Una iniciativa de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile en convenio con la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO).</p>
<p>Inscripciones<br />
Para asistir al Seminario Internacional: Regulación del tratamiento de datos personales. Cuestiones disputadas es necesaria la inscripción en el mismo.</p>
<p>El costo de la inscripción es de $20.000 para público general y $5.000 para estudiantes de pregrado de Universidades integrantes del Consejo de Rectores.</p>ChileConferenciasHabeas DataFri, 18 Apr 2008 11:57:26 -0700Tribunal Constitucional de Chile reconoce el derecho de acceso a la información pública
http://www.habeasdata.org/Chile-acceso-2007
<p>Santiago, nueve de agosto de dos mil siete.<br />
<span class="caps">VISTOS</span>:<br />
Por Oficio Nº 82, de 17 de octubre de 2006, complementado por Oficios Nº 114, de 30 de noviembre del mismo año, y Nº 14, de 24 de enero de 2007, la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso solicita a este Tribunal se pronuncie sobre la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 13 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, según texto refundido, coordinado y sistematizado fijado por Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, del año 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, específicamente, “en cuanto dispone como una de las causales en cuya virtud se podrá denegar la entrega de documentos o antecedentes de carácter público, el que su divulgación o entrega afecte sensiblemente los derechos o intereses de terceras personas, según calificación fundada efectuada por el jefe superior del órgano requerido”.</p>AbogadosAcceso a la Información públicaCasosChileFri, 17 Aug 2007 17:05:42 -0700Habeasdata.org Chile
http://www.habeasdata.org/Habeas-data-org.-chile
<p>Se acaba de lanzar un nuevo Foro sobre <a href="http://www.habeasdata.org/">habeas data y datos personales</a> en la región; en este caso se trata de <a href="http://www.habeasdataorg.cl/">Habeasdata.org de Chile</a>.</p>
<p>El blog lo escribe y actualiza <a href="http://www.jijena.cl/">Renato Jijena Leiva</a>, un abogado chileno especializado en Derecho Informático, de los primeros que comenzaron con estos temas en América Latina. Renato publicó en el año 1992 unas de las primeras obras (por no decir la primera) sobre privacidad informática en la región. Se titulaba "Chile, la protección penal de la intimidad y el delito informático". </p>BlogChilePúblico en generalRed LatinoamericanaSat, 31 Mar 2007 15:20:31 -0700Chile aprueba norma técnica para desarrollo de sitios web de los órganos de la administración del estado
http://www.habeasdata.org/DecretoChile
<p><span class="caps">REF.</span>: <span class="caps">APRUEBA NORMA</span> TÉCNICA <span class="caps">PARA DESARROLLO</span> DE <span class="caps">SITIOS WEB</span> DE <span class="caps">LOS </span>ÓRGANOS DE LA <span class="caps">ADMINISTRACI</span>ÓN <span class="caps">DEL ESTADO, </span><br />
<span class="caps">DECRETO</span> N° <br />
<span class="caps">SANTIAGO, VISTO</span>: <br />
a) Lo dispuesto en el artículo 32° N° 8 de la Constitución Política de la República; <br />
b) La Ley 19.799, de 2002, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y los servicios de certificación de dicha firma; <br />
c) El Decreto Supremo N° 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19,799; <br />
d) El Instructivo Presidencial N° 5, de 11 de mayo de 2001, que imparte instrucciones para el desarrollo del Gobierno Electrónico; </p>ChileInternetNormasFri, 08 Sep 2006 09:38:12 -0700Regulacion del Spam en Chile
http://www.habeasdata.org/SpamChile
<p><span class="caps">REF.</span>: <span class="caps">APRUEBA NORMA</span> TÉCNICA <span class="caps">PARA LOS </span>ÓRGANOS DE LA <span class="caps">ADMINISTRACI</span>ÓN <span class="caps">DEL ESTADO SOBRE ADOPCI</span>ÓN DE <span class="caps">MEDIDAS DESTINADAS</span> A <span class="caps">MINIMIZAR LOS EFECTOS PERJUDICIALES</span> DE <span class="caps">LOS MENSAJES ELECTR</span>ÓNICOS <span class="caps">MASIVOS</span> NO <span class="caps">SOLICITADOS RECIBIDOS</span> EN <span class="caps">LAS CASILLAS ELECTR</span>ÓNICAS DE <span class="caps">DICHAS REPARTICIONES</span> Y EN <span class="caps">LAS</span> DE <span class="caps">SUS FUNCIONARIOS. </span><br />
<span class="caps">DECRETO</span> N° <br />
<span class="caps">SANTIAGO, </span><br />
<span class="caps">VISTOS</span>: <br />
a) Lo dispuesto en el articulo 32° N° 8 de la Constitución Política de la República; <br />
b) La Ley 19.799, de 2002, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma; <br />
c) El Decreto Supremo N° 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 19.799: </p>AbogadosChileNormasSpamFri, 08 Sep 2006 09:36:52 -0700Políticas de privacidad en Chile
http://www.habeasdata.org/Politicas_privacidad_Chile
<p><strong>Políticas de privacidad en el Estado chileno</strong><br />
<em>por Renato Jijena Leiva</em><br />
En el marco de una norma técnica y reglamentaria para el desarrollo y la operatoria de los sitios <span class="caps">WEB </span>del Estado, esto es, el <a href="http://www.habeasdata.org/DecretoChile">Decreto Supremo Nº100 publicado</a> el 12 de Agosto del año 2006, se incluyó un artículo 9º que establece que todos los órganos de la administración del Estado deberán adoptar, mantener y declarar una política de privacidad en su respectivo sitio <span class="caps">WEB.</span> Ella deberá encontrarse accesible en el sitio <span class="caps">WEB </span>y contener una serie de menciones mínimas que se establecen.</p>AbogadosBlogChileInternetSun, 03 Sep 2006 20:32:24 -0700Ley de Privacidad de Chile (1999)
http://www.habeasdata.org/ChileLeydePrivacidad
<p><strong><span class="caps">LEY SOBRE PROTECCION</span> DE LA <span class="caps">VIDA PRIVADA </span>número 19628</strong><br />
<strong>Del 30.08.1999, fecha de promulgación:18.08.1999, Fecha Publicación: 28.08.1999</strong><br />
Ver decreto reglamentario al final de la ley.</p>AbogadosChileHabeas DataNormasThu, 29 Jun 2006 16:56:04 -0700