Habeas Data

Se incorporó el Habeas Data en la Constitución de Entre Rios

Enviado por pablopalazzi el Lun, 2008-08-04 21:00

Se incorporó el Habeas Data en la Constitución de Entre Rios
Luego de un extenso debate que duro varios días, el pleno de la Convención Constituyente de la Provincia de Entre Rios decidió aprobar el jueves pasado la incorporación del habeas data, que habilitará a toda persona a solicitar información que conste “en todo registro, archivo o banco de datos públicos o privados de carácter público”.

Segun informaron los medios periodisticos, "el presidente de la Comisión Nuevos Derechos y Garantías, Raúl Barrandeguy, fue el miembro informante sobre el dictamen de habeas data en el plenario. El justicialista explicó los alcances de este instrumento, que terminó siendo aprobado por los convencionales luego de dos horas de debate. Al texto original que se puso en discusión se le suprimieron “cónyuge” e “hijos menores”, dos expresiones que recogían disidencias de algunos constituyentes".

Jurisprudencia sobre Habeas data del Superior Tribunal de Rio Negro (fallos enteros)

Enviado por pablopalazzi el Vie, 2008-05-02 18:08

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
SECRETARIA CAUSAS ORIGINARIAS Nº4
SENTENCIA Nº40/99

En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los 27 días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve, se reúnen en Acuerdo los señores Jueces titulares del Superior Tribunal de Justicia doctores Alberto I. BALLADINI, Luis A. LUTZ y E. Nelson ECHARREN, a fin de pronunciar sentencia en los autos caratulados: "ARCENILLAS, Edgardo Raúl s/Acción de Amparo s/APELACION" (Expte. N* 14130/99 STJ ), elevados por el Juzgado Civil, Comercial y de Minería N* 3 de la IIa. Circunscripción Judicial, en razón del recurso de apelación deducido por el actor a fs. 37/43; y

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Jurisprudencia sobre Habeas data del Superior Tribunal de Rio Negro (sumarios)

Enviado por pablopalazzi el Vie, 2008-05-02 18:01

HABEAS DATA

[20789]

HABEAS DATA: CONCEPTO

El habeas data es el remedio adecuado para que las personas afectadas puedan obtener el conocimiento de los datos a ellas referidos y de la finalidad de su almacenamiento, que consten en registros o bancos de datos públicos o privados, y en su caso, para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquellos (Cf. Enrique M. Falcón, "Habeas Data", A. Perrot, pág. 23, 1996)

STJRNCO: SE. <40/99> "ARCENILLAS, EDGARDO RAUL S/ACCION DE AMPARO S/APELACION", (27 10 99), BALLADINI LUTZ ECHARREN

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Presentación de libro sobre datos personales en Uruguay

Enviado por pablopalazzi el Dom, 2008-04-27 18:18

La Presidencia de la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay tiene el agrado de invitar a Ud. a la presentación del libro de la Dra. Ana Brian Nougrères: “Protección de datos personales en Uruguay”.

La misma estará a cargo del Senador Ing. Ruperto Long, Vicepresidente de la Comisión de Educación y Cultura del Senado de la República, Prof. Dr. Carlos E. Delpiazzo, Director del Instituto de Derecho Informático de la Universidad de la República y Dr. Ruben Amato, Director Nacional de Identificación Civil.

Palacio Legislativo Abril 29, 2008.

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Seminario Internacional en Santiago de Chile

Enviado por pablopalazzi el Vie, 2008-04-18 15:57

REGULACION DEL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES.
CUESTIONES DISPUTADAS

Seminario Internacional - Santiago de Chile, 25, 28, 29 y 30 de abril de 2008

Organiza
Una iniciativa de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile en convenio con la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO).

Inscripciones
Para asistir al Seminario Internacional: Regulación del tratamiento de datos personales. Cuestiones disputadas es necesaria la inscripción en el mismo.

El costo de la inscripción es de $20.000 para público general y $5.000 para estudiantes de pregrado de Universidades integrantes del Consejo de Rectores.

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Congreso Derecho TICs SICARM 2008

Enviado por pablopalazzi el Jue, 2008-04-10 23:24

Nueva edición del Congreso Derecho TICs // SICARM 2008 que se celebr en Murcia del 21 al 23 de mayo. Este año se centrará en el desarrollo de la Ley 11/2007, un reto de gran trascendencia para las Administraciones Públicas que será analizado desde diversas perspectivas por ponentes ciertamente cualificados. El programa detallado, así como el enlace para formalizar la inscripción, se encuentran disponibles en http://www.um.es/dereadmv/eadcongreso/index.php

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Legislación informática en la provincia de Rio Negro

Enviado por pablopalazzi el Jue, 2008-03-13 06:56

PROVINCIA DE RIO NEGRO

Ver www.legisrn.gov.ar

www.jusrionegro.gov.ar


- LEY Nº 3246 - BO: 07/12/1998 p. 2/3

INTERPOSICION EN LA ACCION DE "HABEAS DATA" PARA LA PROTECCION DE DATOS PERSONALES.

- LEY 2921 - BO: 02/01/1996 p. 5/5

DISPONE QUE LAS SENTENCIAS QUE RESUELVEN LAS ACCIONES DE AMPAROSERAN SUSCEPTIBLES DE RECURSO DE APELACION ANTE EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA.

- LEY 2384 - BO: 11/10/1990 p. 1/2

DERECHO A LA IMAGEN. AMPARO DE LA INFORMACION -HABEAS DATA ARTS. 20,26 Y 27 DE LA CONSTITUCION PROVINCIAL. DEROGA LEY 2064.

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Nueva norma de isologo para registro de bases de datos

Enviado por pablopalazzi el Sáb, 2008-02-23 10:58

Dirección Nacional de Protección de Datos Personales

REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS

Disposición 1/2008

Apruébase el diseño de los isologotipos que identificarán a los responsables de bases de datos inscriptos en el mencionado Registro, que haya efectuado las renovaciones correspondientes a los años 2007 y 2008.

Bs. As., 14/2/2008

VISTO el Expediente MJSyDH Nº 164.122/08, y las competencias atribuidas a esta DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES por la Ley Nº 25.326 y su Decreto reglamentario Nº 1558 del 29 de noviembre de 2001, y

CONSIDERANDO:

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Legislación Comparada de datos personales

Enviado por pablopalazzi el Mié, 2008-01-09 12:05

Ley 26.343 (blanqueo de morosos)

Enviado por pablopalazzi el Lun, 2007-12-24 11:54

Ley 26.343. Incoporación del art. 47 a la Ley 25.326 de Protección de los Datos Personales.

Fecha de Publicación en el Boletín Oficial Nº 31.319: 09/01/2008

ARTÍCULO 1º.- Incorpórese como articulo 47 de la ley 25.326 a la siguiente redacción:

Artículo 47: Los bancos de datos destinados a prestar servicios de información crediticia deberán eliminar y omitir el asiento en el futuro de todo dato referido a obligaciones y calificaciones asociadas de las personas físicas y jurídicas cuyas obligaciones comerciales se hubieran constituido en mora, o cuyas obligaciones financieras hubieran sido clasificadas con categoría 2, 3, 4 o 5, según normativas del Banco Central de la República Argentina, en ambos casos durante el período comprendido entre el 1º de enero del año 2000 y el 10 de diciembre de 2003, siempre y cuando esas deudas hubieran sido canceladas o regularizadas al momento de entrada en vigencia de la presente ley o lo sean dentro de los 180 días posteriores a la misma. La suscripción de un plan de pagos por parte del deudor, o la homologación del acuerdo preventivo o del acuerdo preventivo extrajudicial importará la regularización de la deuda, a los fines de esta ley.

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Premio al Dr. Gustavo Tanus por un trabajo sobre datos personales

Enviado por pablopalazzi el Dom, 2007-12-23 18:55

Premio del Seguro

El 6 de diciembre pasado el Dr. Gustavo Tanús, responsable del web site www.protecciondedatos.com.ar, se adjudicó el 1er. Premio del Concurso organizado por la Revista Estrategas con un brillante trabajo titulado El control del fraude en el Seguro y la Ley 25.326. El trabajo premiado se puede descargar de la página de la revista que organizó el premio.

El autor, en dicho trabajo, señala que deben extremarse las medidas tendientes a evitar el fraude y que el trabajo conjunto de todo el sector asegurador permitirá alcanzar dicho objetivo. Pero agrega que las medidas que se adopten deben hacerse dentro de un marco de legalidad. Para ello, concluye que será necesario incorporar a la Ley 25.326 una norma específica que, funcionando como excepción al principio del consentimiento informado que debe regir todo tratamiento leal de datos personales, permita que las entidades aseguradoras desarrollen y mantengan archivos, registros, bases o bancos de datos comunes con información relacionada con el comportamiento siniestral a los efectos de permitir el control del fraude, la liquidación de siniestros y la colaboración estadístico actuarial con fines de tarifación, selección de riesgos y elaboración de estudios de técnica aseguradora.

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Revista de Habeas Data y Protección de Datos Vol. II-1- 2007

Enviado por pablopalazzi el Vie, 2007-11-02 17:24

Revista de Habeas Data y Protección de Datos
Vol. II – Número 1 – Año 2007
Un espacio para debatir sobre la privacidad en la era de la información

DOCTRINA

La afiliación partidaria no es un dato sensible
Por Osvaldo Alfredo Gozaíni

La elaboración de perfiles en la Ley 25.326
Por Eduardo Molina Quiroga

¿Se deben notificar las fallas de seguridad informática?

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Presentan proyecto de protección de datos personales en Uruguay

Enviado por pablopalazzi el Mar, 2007-10-30 16:33

Se presentó en el Congreso de Uruguay un proyecto de ley de protección de datos personales. Ver texto aquí .
Recordamos que, tal como informamos en otras notas de este blog, Uruguay, ya tenía una ley que regulaba la central de riesgos pública a cargo de su banco central, y el año 2004 había aprobado una ley sobre informes comerciales. Muchas gracias a Ana Brian de Uruguay por el dato.

LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO CREÓ EL CENTRO DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Enviado por pablopalazzi el Dom, 2007-09-23 21:54

LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO CREÓ EL CENTRO DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Alicia Pierini anunció hoy la creación del Centro de Protección de Datos Personales de la Defensoría del Pueblo que tendrá como misión controlar y asegurar el correcto tratamiento de los datos personales que contengan las bases de datos de cualquier naturaleza del sector público. Para ello confeccionará un Registro Público y obligatorio que contenga la nómina de bases existentes, su objeto y responsables de su administración.

En el acto estuvieron presentes el Secretario General del Gobierno porteño Raúl Fernández, el legislador Marcos Peña como autor del proyecto que diera origen a la ley 1845, y el Dr. Juan Antonio Travieso, Coordinador Docente del Centro y ex Director Nacional de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia.

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olvido en fuero CAyT de la CABA

Enviado por pablopalazzi el Sáb, 2007-08-25 21:26


HABEAS DATA: ALCANCES- GARANTIAS CONSTITUCIONALES- INTERPRETACIÓN DE LA LEY- INFORMACION SENSIBLE- INFORMACIÓN ERRÓNEA O DESACTUALIZADA- SUPRESIÓN DEL ERROR

En sus comienzos, la protección de los datos personales sólo parecía necesaria respecto a los llamados “datos sensibles”, esto es, los relacionados con la religión, procedencia étnica, ideas políticas, participación sindical, situación financiera, tendencias sexuales, etc., pero la posibilidad del cruzamiento de datos por medios informáticos demostró la creciente necesidad de que aquélla se extienda a toda clase de información.

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Texto de la ley colombiana de protección de datos aprobado por el Congreso

Enviado por pablopalazzi el Jue, 2007-06-07 18:23

En un post anterior anunciabamos que Colombia estaría apunto de aprobar una ley de protección de datos personales. En este post, encontrarán el texto definitivo de la ley colombiana recientemente aprobada. Santiago Jaramillo, quien nos ha hecho llegar esta norma, nos comenta que esta ley tiene una naturaleza especial bajo la Constitución Política de Colombia porque es una ley estatutaria lo que obliga a una revisión de parte de la Corte Constitucional, antes de convertirse en ley de la República. Agrega que la revisión de la Corte puede alterar el texto de la ley o fijar sus alcances.

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Resolución 45/95 de la Asamblea General de Naciones Unidas, de 14 de diciembre de 1990, por la que se establecen las directrice

Enviado por pablopalazzi el Sáb, 2007-06-02 12:04

Resolución 45/95 de la Asamblea General de Naciones Unidas, de 14 de diciembre de 1990, por la que se establecen las directrices de protección de datos

Directrices para la regulación de los archivos de datos personales informatizados.

(Adoptadas mediante Resolución 45/95 de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1990)

Los procedimientos para llevar a la práctica las normas relativas a los archivos de datos personales informatizados se dejan a la iniciativa de cada Estado, con sujeción a las siguientes orientaciones:

A. PRINCIPIOS RELATIVOS A LAS GARANTÍAS MÍNIMAS QUE DEBEN PREVER LAS LEGISLACIONES NACIONALES

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Proyecto de ley de habeas data para Colombia

Enviado por pablopalazzi el Vie, 2007-06-01 17:49

Texto de la ponencia para último debate del proyecto de ley sobre hábeas data

Acaba de ser presentada ponencia para último debate del proyecto de ley que tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales relacionadas con la recolección, tratamiento y circulación de datos personales, así como el derecho a la información establecido en el artículo 20 de la Constitución, particularmente en relación con la información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países. De convertirse en ley esta iniciativa se aplicaría a todos los datos de información personal registrados en un banco de datos, sean estos administrados por entidades de naturaleza pública o privada.

Reglamentan la ley de habeas data de la Ciudad de Buenos Aires

Enviado por pablopalazzi el Jue, 2007-05-31 12:42

La ley de protección de datos personales de la ciudad de Buenos Aires, ley 1845, acaba de ser reglamentada mediante el decreto 757/2007 publicado en el BO del 24/5/2007. A continuación se transcribe el texto del decreto.

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Comentario crítico al proyecto de ley de habeas data para Colombia

Enviado por pablopalazzi el Dom, 2007-05-27 17:53

El presente es un comentario al proyecto de ley de habeas data que está por aprobarse en Colombia, realizado por el experto en protección de datos Nelson Romolina.

Alarma y desconcierto en Colombia por proyecto de ley de habeas data
por Nelson Remolina Angarita

Primer Debate Nacional de Habeas data

Enviado por pablopalazzi el Lun, 2007-04-30 00:55

Primer Debate Nacional de Habeas data

En un post anterior les comentamos que en el IAE se realizaría con fecha 26 de abril un debate sobre temas de habeas data y protección de datos personales. Pues bien, el debate tuvo lugar y el resultado fue un verdadero éxito, no sólo por el lugar muy ameno (el IAE de Pilar) sino por la calidad de sus expositores y el interés del público. El debate tuvo cuatro paneles que trataron sucesivamente los temas de salud, marketing, telecomunicaciones e informes comerciales. Los dos primeros por la mañana, los segundos por la tarde.

Proyecto de ley de habeas data de la Provincia de Buenos Aires con media sanción

Enviado por pablopalazzi el Jue, 2007-04-19 17:43

Proyecto de ley de habeas data de la Provincia de Buenos Aires con media sanción

La Honorable Cámara de Diputados aprobó en su última sesión el proyecto de Ley de habeas data, luego de acordar la unificación entre todos los proyectos existentes, pertenecientes a la diputada Alicia Tabarès de Gonzalez Hueso y los diputados Marcelo Feliú y Gustavo Ferrari. Resta ahora la sanción por el Senado provincial.

El texto de la media sanción se publica seguidamente:

Archivo word

Programa de radio sobre habeas data

Enviado por pablopalazzi el Sáb, 2007-03-31 20:26

Como comentamos en otra oportunidad, Identidad robada lanzó un programa de radio que conducen Italo Dafra de RelecturasTecnologia, Daniel Monatersky, de Identidad Robada, y

Primer debate Nacional de Habeas Data

Enviado por pablopalazzi el Mar, 2007-03-27 13:33

Para aquellos a los que le interese la problemática de la protección de los datos personales, se publica la información sobre el Primer Debate Nacional de Habeas Data que se llevará a cabo el próximo 26 de abril de 2007 en el Campus del IAE, en Pilar.

http://www.iae.edu.ar/web2005/antiguos/form_eventos.html

Todavia estamos definiendo quiénes serán los especialistas que
debatirán en cada uno de los temas que se van a tratar (Salud,
Telecomunicaciones, Marketing e Informes Comerciales).

Responsabilidad de los Proveedores de Servicios de Internet (ISPs) por infracciones a la Propiedad Intelectual

Enviado por pablopalazzi el Lun, 2007-03-26 10:38

El Centro de la Propiedad Intelectual de la Universidad Austral y el Comité de Propiedad Intelectual de Amcham, junto a las Cámaras de comercio y las Cámaras de Comercio Austriaca, Alemana, Boliviana, Brasileña, Danesa, Francesa, Finlandesa, Portuguesa, Chilena y Suiza, invitan al:

FORO DE DISCUSIÓN SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL
sobre el tema
Responsabilidad de los Proveedores de Servicios de Internet (ISPs) por infracciones a la Propiedad Intelectual

Disertantes:

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