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Ley 5984
viagra prescription viagra prescription presente Ley se aplicará al tratamiento sobre imágenes y sonidos de personas físicas, identificadas o identificables, que se obtengan en la vía pública, en lugares públicos o de acceso público, a través de cámaras y/o videocámaras y/o cualquier otro medio técnico análogo y/o cualquier otro sistema utilizado por fuerzas de seguridad públicas que contribuya a la instrucción, coordinación y colaboración en la investigación y prevención de contravenciones y delitos.
viagra prescription viagra prescription tratamiento sobre imágenes y sonidos previsto en la presente Ley comprende la grabación, captación, transmisión, conservación y almacenamiento de imágenes y sonidos, incluida su emisión, reproducción y tratamiento de los datos personales relacionados con aquellas. Las referencias a videocámaras, cámaras fijas y cámaras móviles se entenderán hechas a” cualquier medio técnico análogo y, en general, a cualquier sistema que permita las grabaciones previstas en esta Ley.
viagra prescription viagra prescription videocámaras y todo otro medio análogo, sólo podrán emplearse para el mantenimiento y preservación de la seguridad ciudadana y demás fines previstos en esta Ley. En cada caso, deberá mediar razonable proporción entre la finalidad pretendida y la posible afectación al honor, a la imagen y a la intimidad de las personas por la utilización de las videocámaras.
viagra prescription viagra prescription identificable una persona cuando su identidad pueda determinarse mediante los datos y procedimientos que establezca la Autoridad de Aplicación.
viagra prescription viagra prescription que las imágenes y sonidos obtenidos tienen carácter absolutamente confidencial y que las mismas sólo podrán ser requeridas por Magistrados o Fiscales, que se encuentren avocados a la investigación y/o al juzgamiento de causas contravencionales o penales.
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viagra prescription viagra prescription que las imágenes y sonidos que se obtengan, conforme las previsiones de esta Ley, deberán ser conservados por un plazo de dos (2) años, que se computará a partir de la fecha de su captación, vencido el cual serán destruidos.
viagra prescription viagra prescription instalación de videocámaras o de cualquier medio técnico análogo en los términos de la presente Ley, está sujeta a un régimen de autorización, cuyo trámite se instrumentará por vía reglamentaria.
viagra prescription viagra prescription al Poder Ejecutivo para que, a través de la Autoridad de Aplicación, determine la ubicación en la que se instalarán las cámaras y/o videocámaras en la vía pública, lugares públicos o de acceso público.
El público será informado de manera clara y permanente de la existencia de videocámaras fijas, sin especificar su emplazamiento.
viagra prescription viagra prescription responsables de la operación de videocámaras y otros equipos, deberán adoptar las medidas necesarias que garanticen la seguridad y confidencialidad de las imágenes, sonidos y datos por ellas obtenidos, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Cualquier persona que -en razón del ejercicio de sus funciones o de un modo accidental- tenga acceso a las imágenes, sonidos y datos que regula la presente Ley, deberá observar absoluta reserva y confidencialidad.
viagra prescription viagra prescription caso de incumplimiento a los deberes y obligaciones impuestos en esta Ley, por parte de los operadores de videocámaras u otros equipos análogos, o de quienes tengan acceso a la información producida por éstos, será considerada falta grave, correspondiendo a los infractores las sanciones previstas en el estatuto o convenio que les resulte aplicable, y -en su defecto las sanciones establecidas en el régimen general que regula el procesamiento informático de datos de carácter personal vigente a la fecha que se cometa la infracción, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere corresponderles.
viagra prescription viagra prescription al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias que den reflejo al cumplimiento de los propósitos de la presente Ley.
viagra prescription viagra prescription Ministerio de Gobierno de la Provincia, o el organismo que en el futuro lo reemplace, será la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.
viagra prescription Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro de los sesenta (60) días de publicación en el Boletín Oficial.-
viagra prescription toda disposición legal que se oponga a los contenidos de la presente Ley.
viagra prescriptionviagra prescriptionviagra prescriptionviagra prescription al Poder Ejecutivo.-
viagra prescription en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Corrientes, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil diez.
Sancionada: 16-06-2010.-
Autor: Sdor. Horacio Colombo.-
Expte. 4737/09 HCD y Expte. 2094/08 HCS.-
Corrientes, 16 de junio de 2010.-
AL PODER EJECUTIVO:
viagra prescriptionCumplo en dirigirme a V. H. a fin de comunicarle que esta Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, ha dado sanción definitiva al proyecto de ley queviagra prescriptionviagra prescriptionviagra prescriptionen los términos del original que se adjunta.
Es Ley Nº 5984.-
Dios guarde a V. H.-
A V. E. el Señor
Gobernador de la Provincia
Dr. HORACIO RICARDO COLOMBI
S U D E S P A C H O .-
Corrientes, 16 de junio de 2010.-
AL HONORABLE SENADO:
viagra prescriptionCumplo en dirigirme a V. H. a fin de comunicarle que esta Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, ha dado sanción definitiva al proyecto de ley que viagra prescriptionviagra prescription en los términos de la copia que se adjunta.
Es Ley Nº 5984.-
Dios guarde a V. H.-
A V. E. el Señor
Vicegobernador de la Provincia
DR. NESTOR PEDRO BRAILLARD POCCARD
S U D E S P A C H O .-