Hace un mes la Unión Europea realizó una , la que se puede consultar en un sitio específico.
]]>*NOTA QUE ENVIA LA DNPDP*
Estimado: xxxxxxxxxx – REGISTRO Nº xxx. – USUARIO: xxxx.
Le comunicamos que el Formulario de Inscripción ante este Registro, FA.01 Nº xxxx, tiene fecha de vencimiento el 20/04/2007.
Para renovar dicha inscripción deberá ingresar al sitio web “www.jus.gov.ar/dnpdpnew”:http://www.jus.gov.ar/dnpdpnew/ clickeando en la opción “INSCRIBA SU BASE AQUI”. Luego deberá hacer lo propio en el vínculo “Formulario de Inscripción”.
Usted ingresará al sistema con el mismo nombre de “Usuario” y “Contraseña” que utilizó para la inscripción. Del menú “Formulario” que encontrará en la parte superior izquierda de la pantalla, deberá seleccionar la opción “Nuevo Formulario” y luego “Renovación”.
El sistema le solicitará su número de Registro y le dará acceso al Formulario a renovar. Clickee en “Tipo de Formulario”. Se le desplegará el Formulario FA.02 de Renovación con los datos que usted declaró en el momento de la inscripción.
Usted podrá, en caso de corresponder, modificar los datos del Responsable y podrá eliminar o modificar, de ser necesario, los Bancos de Datos que registró. Asimismo podrá agregar nuevos Bancos de Datos.
Le recordamos cuatro puntos clave para renovar correctamente los formularios:
En el punto 7, deberá determinar el tiempo de conservación de los datos (no podrá contestar Indeterminado).
En el punto 9 deberá responder cual es el dato principal que al ser ingresado a la base de datos nos lleva al resto de la información (Generalmente suelen ser nombre y apellido, DNI, legajo).
En el punto 11.b deberá indicar las condiciones que debe cumplir el titular del dato para acceder a sus datos (por ej. acreditar identidad) y en el 11.c indicar el procedimiento establecido para el ejercicio de los derechos del titular ( Por ej. recibir el pedido según lo establecido en el punto 11.a, y habiendo cumplido el interesado con los requisitos del punto 11.b realizar la rectificación, actualización o supresión en elplazo no mayor a 5 días hábiles) Art. 16 Ley Nº 25.326.
Una vez completado el trámite opte por la opción “Confirmar”. Ello le dará la posibilidad de imprimir el formulario de Renovación. Una vez impreso, complete la nota de solicitud.
Deberá enviar: 1 nota con firma certificada por escribano o entidad bancaria, 2 acreditación de personería mediante copia simple del poder o acta, 3 copia del comprobante de pago, si correspondiera, y 4 Formulario de renovación, a este Registro Nacional sito en Sarmiento 1118 5º piso, Buenos Aires.
Atentamente
Registro Nacional de Bases de Datos
Dirección Nacional de Protección de Datos Personales
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
** ¿Cómo se legisla en otros países el uso de datos personales?*
*por Pablo A. Palazzi*
En Estados Unidos se privilegia la libertad de información por sobre la privacidad. Esto se debe a una visión que considera que el mercado se beneficia con el acceso a esta información, y que serán mayores los réditos a largo plazo si se permite la difusión de información verdadera pues ello genera transparencia en el mercado. Por ejemplo, en materia de informes comerciales, éstos existen desde hace casi un siglo y constituyen uno de los pilares del sistema de acceso fácil y rápido al crédito bancario. Recién fueron regulados en forma concreta en el año 1970 a través de la ley llamada Fair Credit Reporting Act. Se trató de una norma destinada a permitir su funcionamiento y limitar su responsabilidad a contados supuestos. Lo mismo sucede en el ámbito del marketing. En Estados Unidos no hay leyes que regulen en forma limitada esta forma de comercializar bienes o servicios salvo en casos puntuales como el fax o el correo electrónico. Por eso, las listas y bases de datos de clientes con datos sobre consumo circulan libremente. A raíz de ello, los norteamericanos ven invadidas sus casillas de correo con cientos de ofertas y reciben llamados de todo tipo con ofertas. Esta libertad de uso de datos, a no dudarlo, es un fuerte motor de la economía pero ello no significa que los consumidores lo acepten sin reparos. Prueba de ellos es que cuando se habilitó un registro -no llame- a nivel nacional, en pocos meses se anotaron cerca de 50 millones de consumidores para evitar llamadas molestas.
Finalmente en Estados Unidos la privacidad no tiene rango de derecho constitucional ni resulta oponible a los particulares (solo al Estado), lo que dificulta su regulación.
En Europa en general las leyes de protección de datos son mas estrictas que en Estados Unidos, pues se parte de la base que el derecho a la privacidad es un derecho fundamental reconocido por la Constitución Europea.
En España, cuya ley es modelo de la ley argentina de protección de datos, se adoptó un modelo regulatorio estricto como sucede en el resto de Europa. Pero en materia de informes comerciales estos se permiten siempre que no sean falsos ni contengan datos caducos (esto es mas de seis años de antigí¼edad). Argentina copió esta regulación pero limitó a dos años el plazo si se pagó la deuda, y a cinco años si no pagó Además el consumidor tiene un derecho de acceder y corregir el dato personal. En materia de marketing el consumidor tiene derecho a acceder a sus datos y a que lo borren de la base de datos: esto significa que si pidió que no le envíen mas datos, deben cesar el envío de correo, email o llamados con ofertas.
Pablo Palazzi
www.habeasdata.org
El área de Sistemas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, está dando los últimos ajustes al sistema de renovación de bases de datos de tal manera que renovar las inscripciones sea simple, ágil y con una reducción sustancial en el soporte papel que se maneje, aprovechando la virtualidad que brinda Internet.
]]>*Objetivo:*
USUARIA (Asociación Argentina de Usuarios de la Informática y las Comunicaciones), busca contribuir a la innovación en Seguridad de la Información mediante la distinción de aquellos integrantes de la comunidad que ya sea en forma individual o en equipo hayan realizado un aporte significativo a la obtención de mejoras sustantivas en la seguridad de la información.
*Condiciones de participación:*
Pueden postularse (o ser postulados) los integrantes de una organización usuaria que hayan tomado parte del proyecto objeto de la postulación.
Los profesionales independientes y/o empresas proveedoras que también hayan estado involucrados en el proyecto, podrán integrar el equipo que se postula.
No hay límites respecto de la cantidad de proyectos con los que puede postularse un profesional o grupo de profesionales.
Concursar en el premio es totalmente gratuito. No podrán participar a titulo individual los miembros del Comité Académico de SEGURINFO.
*Acerca del proyecto:*
El proyecto que fundamenta la postulación deberá:
-¢ estar enfocado a soluciones innovadoras sobre problemáticas de la Seguridad de la Información;
-¢ haber sido implementado antes de la evaluación de las postulaciones.
Período de recepción de Proyectos:
Los proyectos se recibirán entre el 18 de Septiembre y el 31 de Octubre del año 2006.
*Proceso de participación:*
Para participar de esta convocatoria los interesados deberán ingresar en la página de Internet de SEGURINFO (www.segurinfo.org.ar).
Allí encontrarán las bases de participación y al pie de las mismas el formulario que deberán completar a tal efecto.
En el formulario los participantes deberán incluir los datos de quien presenta el proyecto o representante del equipo, indicando: Nombre y Apellido, Organización, Función, Dirección, e mail, Teléfono. Deberán adjuntarse los documentos que describen el proyecto.
*Formato de la Presentación:*
La presentación consistirá en un documento que detalle:
-¢ Objetivo del proyecto.
-¢ Amenazas y riesgos que mitiga.
-¢ Detalles sobre su desarrollo.
-¢ Beneficios obtenidos a partir de su implementación. En el caso que existieran, métricas que lo soportan
Adicionalmente se podrá incluir en formato de presentación la arquitectura del proyecto para su exposición.
*Período de evaluación de Proyectos:*
Durante el mes de Noviembre del 2006 el Comité Académico de SEGURINFO evaluará los proyectos y el 30 de Noviembre entregará el PREMIO SEGURINFO INNOVACIÓN 2006 al proyecto que haya obtenido la mejor calificación sobre los proyectos presentados.
Se entregarán menciones en el caso que el Comité Académico lo considere.
Los proyectos seleccionados serán invitados a ser expuestos por sus autores durante la realización de SEGURINFO 2007.
*Criterios para la premiación de Proyectos:*
El Comité Académico de SEGURINFO seleccionará los proyectos a premiar sobre la base de los siguientes criterios:
Originalidad: Carácter original o innovativo del proyecto.
Pertinencia: Alineación del proyecto con las estrategias de buenas prácticas en Seguridad de la Información.
Impacto medido en una o más de las siguientes dimensiones:
Fortalecimiento de la Seguridad de la información,
Optimización de recursos en cuanto a software, hardware o RRHH utilizados,
Optimización en cuanto al aprovechamiento de recursos financieros utilizados para la implementación del proyecto.
No serán tenidos en cuenta aquellos trabajos que independientemente de su calificación respecto de otros criterios estén reñidos con la ética y las buenas costumbres del ámbito profesional, a exclusivo juicio del Comité Académico de SEGURINFO.
*Aceptación de las Condiciones:*
La participación en este Concurso implica el conocimiento y aceptación de estas Condiciones, así como de las decisiones que adopten USUARIA y el Comité de SEGURINFO sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas. Los participantes no tendrán derecho a reclamo alguno sobre las decisiones adoptadas.
En particular, USUARIA se reserva el derecho de publicar los documentos correspondientes a las presentaciones recibidas respetando la propiedad intelectual del o de los autores asumiendo el compromiso de mencionarla en todos los casos en los que sea utilizada.
*Circunstancias especiales:*
Ante circunstancias imprevistas que constituyan caso fortuito, fuerza mayor o similar que lo justifiquen, USUARIA y el Comité Académico de SEGURINFO podrán suspender, cancelar o modificar total o parcialmente el presente Concurso.
Mas información en “http://www.segurinfo.org.ar/”:http://www.segurinfo.org.ar/
]]>*La nota dice:*
El gobierno asegura que no puede dar a conocer las estadísticas sobre la evolución de los delitos en la ciudad de Buenos Aires porque se trata de una “información clasificada” (reservada).
La respuesta, por escrito, tras un mes y medio de trámites, fue dada a un periodista de LA NACION que había presentado un pedido formal al Gobierno amparándose en el decreto de Néstor Kirchner por el que se garantiza el acceso a la información.
Curiosamente, hasta hace un año y medio, las estadísticas que hoy se niegan eran públicas. El gobierno nacional las publicaba en la página web www.surc.gov.ar , con el fin declarado de que los vecinos conocieran el mapa del delito y los problemas que afectan a cada barrio.
Como consecuencia de la constante negativa oficial de proporcionar esos números a LA NACION, el 1o de junio el periodista las reclamó formalmente amparándose en el “decreto 1172 de acceso a la información”:http://www.habeasdata.org/Decreto1172, que firmó el presidente Néstor Kirchner en 2003.
El pedido fue concreto: para informar a sus lectores, que denuncian diariamente una creciente sensación de inseguridad, el diario necesitaba saber cuáles eran los índices oficiales del delito en el distrito para todo 2005 y el primer trimestre de 2006.
El pedido fue enviado a la responsable de acceso a la información del Ministerio del Interior, de quien depende la Policía Federal. En él se invocaron la Constitución nacional y los pactos de derechos civiles y políticos.
Una vez vencido el primer plazo de diez días para responder, el periodista recibió una carta por la que el Ministerio del Interior hacía uso de la prórroga de otros diez días que le da la norma, so pena de exponerse a una denuncia por incumplimiento de sus deberes, según el decreto de Kirchner.
Cuando estaba a punto de cumplirse ese plazo, el cronista recibió una llamada en la que se le informaba que el pedido se tramitaba en la Secretaría de Seguridad Interior, expediente Cudap EXP-SO: 8780/2006, pero que estaba en estudio del subsecretario (……) por lo que informalmente solicitaban una extensión del plazo. Una vez vencido y sin obtener respuesta, los datos sobre delitos en la ciudad a lo largo de 2005 se conocieron por los medios, no gracias a lo que prevé el decreto, sino filtrados por fuentes oficiales.
El miércoles pasado, excedidos los plazos previstos en el decreto, el cronista recibió una carta firmada por el ministro del Interior Aníbal Fernández en la que señala que “se torna imposible dar cumplimiento a lo solicitado”, en referencia a las estadísticas.
El funcionario señaló que la información pedida “está contemplada dentro de las excepciones del artículo 16 del Reglamento General de Acceso a la Información Pública”.
*La nota sigue explicando las distintas excepciones del “decreto 1172″:http://www.habeasdata.org/Decreto1172 y critica que no se aplica ninguna de ellas. Es curioso que el gobierno apruebe una norma y luego invente todo tipo de obstáculos para su aplicación… No sirve de nada declamar transparencia y luego borrarla con el codo…*
Link corto: “http://www.lanacion.com.ar/825730″:http://www.lanacion.com.ar/825730
]]>Ver “http://www.jus.gov.ar/dnpdpnew/recomendaciones/Recomendaciones_Internet.pdf”:http://www.jus.gov.ar/dnpdpnew/recomendaciones/Recomendaciones_Internet.pdf
]]>Al navegar Identidad Robada se puede encontrar en las secciones Tipos de Fraude y Consejos, un panorama amplio y sencillo para que cualquier usuario comprenda a qué se expone si no toma los recaudos necesarios en materia de seguridad. Inclusive, presenta a modo de juego, un test de conocimiento sobre phising.
Esta es una de las mayores virtudes del portal: su diseño, innovador y que recorre un abanico de caras del delito informático ilustrados con casos, datos estadísticos y actualidad, y a la vez no pierde el atractivo visual.
Otro punto de interés es el link ubicado en el ángulo superior del sitio, donde a través de un clic se podrán realizar denuncias de actividades sospechosas, ya sean intentos de fraude o nuevas técnicas de robos, llenando un simple formulario.
El nombre del sitio, “Identidad Robada”:http://www.identidadrobada.com/site/index.php, remite a un concepto definido por la empresa como aquella situación en que -alguien utiliza nuestros datos personales, como nuestro nombre, número de documento o número de tarjeta de crédito -”sin nuestra autorización-” para cometer un fraude financiero-.
Como lo denota la frase anterior, la seguridad informática dejar de ser un tema de discusión para las empresas o a los grandes conglomerados financieros, y abarca a cualquier persona que navega en Internet. Para allanarles el camino, ha nacido Identidad Robada.
Contacto:
Dr. Daniel Monastersky / Especialista en Derecho de las Nuevas Tecnologías
CEO “www.identidadrobada.com.ar”:http://www.identidadrobada.com/site/index.php
Oficina: 011-4372-1400 / Cel: 15-5-713-8406 / email: daniel@identidadrobada.com
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