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canadian cialis February 21st, 2008 | canadian cialis | canadian cialis , , | canadian cialis , | Comments OffSi bien en el caso no fue planteado expresamente, los jueces se pronuncian sobre el texto del decreto reglamentario y lo consideran constitucional y ajustado a la letra y espiritu de la norma, aunque en un tramo señalan la solución como opinable.
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CNCom, Sala D, 7/12/2007
En Buenos Aires a los 7 días del mes de diciembre de 2007, reúnense los señores Jueces de la Sala D de la Excelentísima Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de la Capital Federal, con el autorizante, para dictar sentencia en la causa -Oderigo Romualdo íngel y otro contra The First National Bank of Boston N.A. y otro sobre Ordinario” Registro N* ° 14.432/02, procedente del JUZGADO N* ° 11 del fuero (SECRETARIA N* ° 21), donde está identificada como expediente 90.605, en los cuales como consecuencia del sorteo practicado de acuerdo con lo previsto por el art. 268 del Código Procesal, resultó que debían votar en el siguiente orden, Doctores: Dieuzeide, Vassallo y Heredia.canadian cialis January 28th, 2008 | canadian cialis | canadian cialis , , | canadian cialis , , | Comments Off
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A fines del año 2007 el Congreso aprobó , que reforma . La norma se publicó el 9 de enero de 2008 en el Boletín Oficial y entró en vigencia a los ocho días de su publicación. Mediante esta ley se incorpora un nuevo art. 47 a la ley 25.326 de Protección de los Datos Personales. El propósito de esta nota es comentar los antecedentes de la reforma, sus principales aspectos y cómo deberá ser interpretada en la práctica.
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Cuando a fines del año 2000 se sancionó la ley 25.326 de protección de datos personales, el Congreso incluyó un -blanqueo de morosos- en el art. 47 por el cual se buscaba -limpiar- los datos negativos de deudores existentes a la época de la sanción de la ley. Esa norma, muy criticada por la doctrina y generadora de una gran polémica , fue observada por el Poder Ejecutivo en ejercicio de la facultad prevista en el art. 83 de la Constitución Nacional y el Congreso nunca insistió.
Luego de la crisis del año 2001, se presentaron diversos proyectos de leyes tendientes a paliar la situación informativa de deudores de entidades financieras que aparecían en situación irregular, informados en bancos de datos de informes comerciales y en la base de datos del Banco Central. En el primer semestre del año 2006 existían mas de una veintena de proyectos de ley con tal finalidad en la cámara de diputados. Los proyectos se debatieron durante todo ese año, e incluso el PEN dictó una prórroga de sesiones a través del decreto 1670/06, que posibilitó que en la cámara baja se aprobara esa reforma en el mes de diciembre de aquel año.
Pero para poder ser tratado, el proyecto de reforma se desdobló en dos proyectos que recibieron aprobación el mismo día en la cámara baja. El primero obligaba a través de la modificación del art. 47 de la ley de 25.326, a eliminar de los registros de las empresas de riesgo crediticio a los morosos que se hubiesen endeudado durante la última crisis económica -siempre y cuando esas deudas hubieran sido canceladas o regularizadas al momento de entrada en vigencia de la presente ley o lo sean dentro de los 180 días posteriores a la misma-. Este es el proyecto convertido en ley que comentamos.
El segundo proyecto de reforma de la ley 25.326 , era una reforma muy amplia y controvertida del art. 26 de la ley 25.326 por la cual se introducían toda una serie de nuevos requisitos para incluir información en bancos de datos de informes comerciales y se encomendaba a la Dirección de Protección de datos personales (que a la fecha no cuenta con recursos suficientes para realizar todas las tareas que le encomienda el art. 29 de la ley 25.326) la creación de un registro de juicios finalizados. De aprobarse, constituirá una reforma integral de la regulación de informes comerciales, en especial del art. 26 de la ley 25.326 .
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El “blog de defensa del consumidor bancario”:http://clientesbancarios.blogspot.com/2007/06/camara-comercial-resuelve-borrar.html de Gabriel Martinez comenta una nueva decisión de la cámara comercial sobre el derecho al olvido.canadian cialis November 23rd, 1999 | canadian cialis | canadian cialis , | canadian cialis , , | Comments Off
Buenos Aires, noviembre 12 de 1999.
Considerando:
1.- De la información que integra el banco de datos de la demandada, y cuya difusión a pedido de terceros realiza, el actor sólo pretende la supresión del dato queda cuenta de una inhabilitación en todo el país para operar en cuenta corriente por infracción al art. 302 del CPen.
No se encuentra controvertida la veracidad del informe, ni la facultad que le asiste a la demandada de ejercer la actividad comercial que lleva a cabo.
En la causa penal 1398 caratulada “C…, Alberto y Barembuen, Víctor s/ art. 302 del CPen. ” se dictó sentencia el 31/10/1989 condenándose al actor a 1 año y 8 meses de inhabilitación especial para ser titular de cuenta corriente bancaria o para ser autorizado para operar en las de terceras personas. Cumplida la condena, la causa fue archivada el 18/2/1991. La condena dictada en ese proceso es la que da lugar a la información antes aludida.
El actor sostiene que, en orden a lo normado en el art. 51 inc. 3 del CPen., el dato difundido y cuya supresión pretende, se encuentra caduco. Que al haberse cumplido la pena el 31/4/1991 dicho dato podía difundirse -conf. al art. 51 del CPen.- hasta el 31/4/1996 y no por un plazo de 10 años como lo hace la demandada.